-Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia
- Nombrar y remover libremente a los secretarios del despacho, remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes
-Nombrar los ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del Senado
- Nombrar, con aprobación del Senado, los Coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, y los empleados superiores de Hacienda
-Nombrar a los demás oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, con arreglo a las leyes
-Disponer de la totalidad de la fuerza armada permanente o sea del ejército terrestre, de la marina de guerra y de la fuerza aérea para la seguridad interior y defensa exterior.
- Designar, con ratificación del Senado, al Procurador General de la República;
-Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Senado.
-En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; y la lucha por la paz y la seguridad internacionales
-Convocar al Congreso a sesiones extraordinarias, cuando lo acuerde la Comisión Permanente
-Facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones
-Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas, y designar su ubicación
-Presentar a consideración del Senado, la terna para la designación de Ministros de la Suprema Corte de Justicia y someter sus licencias y renuncias a la aprobación del propio Senado
Facultades del poder Legislativo:
El Poder Legislativo consiste un Congreso General que se divide en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores. Su rol es crear y derogar leyes.
La Cámara de Diputados esta facultada para:
- Decidir si se puede actuar penalmente contra los servidores públicos que hayan cometido delitos abusando de su cargo (desafuero constitucional)
-Vigilar el buen desempeño de las funciones de la Contaduría Mayor de Hacienda
- Examinar, discutir y aprobar anualmente la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación cuyo proyecto presenta la Secretaría de Hacienda
- Revisar y evaluar en qué y cómo se gastó el dinero del presupuesto del año anterior, para lo cual el ejecutivo presenta un informe que se conoce como Cuenta Pública.
Algunas de las decisiones que puede adoptar la cámara de senadores:
-Analizar la política exterior realizada por el Ejecutivo Federal
-Discutir, aprueba y ratifica los tratados internacionales y acuerdos diplomáticos realizados por el Poder Ejecutivo con gobiernos extranjeros. Cuando son ratificados por el Congreso, los tratados internacionales adquieren el carácter de Ley Suprema, al mismo nivel que la Constitución General
-Ratificar el nombramiento que el Presidente hace del Procurador General de la República
-Entablar juicio político a los servidores públicos acusados de haber cometido faltas en perjuicio de los intereses públicos
-Designar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de entre un conjunto de personas propuestas a su consideración por el Presidente de la República
-Nombrar y remover al Jefe de gobierno del Distrito Federal en caso de conflicto con los demás poderes.
Facultades del poder Judicial:
Desde el punto de vista institucional, el Poder Judicial cumple la función de controlar a los restantes poderes públicos; pero también a los particulares, en la medida en que éstos ejercen, de acuerdo a las leyes, el poder público. Por otra parte, la justicia federal tutela la supremacía de la Constitución sobre los derechos de las provincias. Jurisdiccionalmente, asigna normas jurídicas para dirimir conflictos: a tal fin realiza un acto complejo de aplicación-creación del derecho, definido como "el conocimiento y decisión de todas las causas que versan sobre puntos regidos por la Constitución, y por las leyes de la Nación
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